Peticionando a las autoridades
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Fiscal de Estado de Corrientes, Dr. Fernando Carbajal |
El reconocido periodista local, Guillermo González del Castillo, solicita formalmente al Fiscal de Estado que "asuma su obligación y responsabilidad funcional" y se constituya en querellante conjunto de su denuncia contra funcionarios provinciales por gastos de publicidad irregulares. La denuncia salpica a actuales y anteriores funcionarios de "Información Pública" y al propio Gobernador Colombi.
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PONE EN CONOCIMIENTO. PETICIONA. Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Corrientes. Dr. Fernando Carbajal Guillermo González del Castillo, DNI Nº 18.022.772, CUIT Nº20-18022772-6 de profesión periodista, con domicilio real en la calle Uruguay 1494 de la ciudad de Corrientes, en mérito a la prerrogativa otorgada por el art. 14 de la Constitución provincial y en ejercicio responsable del derecho acordado de PETICIONAR A LAS AUTORIDADES, me presento ante el Sr. Fiscal de Estado y respetuosamente bajo JURAMENTO DE LEY manifiesto: I. AUTORIDAD COMPETENTE. Que a tenor del Art. 175 de la Constitución de la Provincia y la ley ordenatoria surge su responsabilidad y necesaria intervención cuando –como en el caso que “infra” expondré- se encuentren derechos controvertidos y/o afectado el patrimonio de la Provincia de Corrientes. I.I. LEGITIMACIÓN SUSTANTIVA Que me encuentro legitimado para efectuar la elevación de ésta presentación, ya que oportunamente y conforme lo preceptuado por el Art. 177 del C.P.P. de Ctes., denuncié ante la Fiscalía Penal los hechos que dan formación a la causa penal de marras, los cuales no sólo producen afectación al Estado Provincial como persona jurídica o sujeto de derecho, sino que al ser tales hechos ejecutados (con dolo) por funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones en representación del Estado, han causado lesión irreparable a mis derechos materializando con ello lesión patrimonial directa, por la que oportunamente en forma solidaria tendrán que responder. I.I.I. BREVE EXPOSICIÓN DE ANTECEDENTES. IMPOSICION DE LOS HECHOS Los hechos como “notitia criminis” los anticipé al Sr. Fiscal General de Justicia quien me delegó ante el Sr. Fiscal de Instrucción de la 1ª Instancia en Turno para que formule la denuncia correspondiente; la misma está referida o consiste en el manejo abusivo, discrecional, arbitrario, antojadizo y discriminatorio del uso y disposición de los fondos o recursos de la partida presupuestaria de Información Pública del Superior Gobierno de la Provincia de Corrientes aplicados a sufragar contrataciones que encubren campañas políticas, comisiones y gastos de publicidad por montos exorbitantes e injustificables, actos éstos, que se encontrarían incursos en un gama de delitos que agotan casi la totalidad de los tipos penales del Título 11 “DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA” del Código Penal argentino, según el encuadre o calificación provisorio efectuado por el Ministerio Público; en tal sentido pongo en su conocimiento que se encuentra interviniendo en las Causas en razón de la materia y el Turno, el Juzgado de Instrucción Nº4 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia con asiento en ésta Capital, y que tramita en autos de la carátula: Expte. Nº 30648/9 Guillermo González del Castillo S/Denuncia y Expte. Nº 21444/9 Guillermo González del Castillo S/Denuncia. IV. PETICIONA Que puesto Ud. en conocimiento en forma fehaciente e indubitable de los precedentes judiciales que dieron lugar al Requerimiento Fiscal y las actuaciones investigativas y probatorias practicadas por el magistrado interviniente, me permito SOLICITAR AL Sr. Fiscal de Estado (dado el estado de las causas) asuma su obligación y responsabilidad funcional, encontrándose facultado “per se” al efecto, por la norma constitucional “Ut Supra” mencionada, y materializando la autonomía otorgada por la Carta Fundamental y el Art. 81 Pfo. 3º “in fine” del C.P.P. de la Provincia de Corrientes, se constituya en QUERELLANTE CONJUNTO DE LA CAUSA DE REFERENCIA , en defensa y tutela del interés estadual y de los recursos públicos que deben ser administrados por el Estado, pero, que son en definitiva patrimonio SOCIAL, INDIVIDUAL Y COLECTIVO DE TODOS LOS CORRENTINOS, aportando para la individualización del o los responsables de los hechos cuya autoría son imputados por el Ministerio Público a funcionarios del Poder Ejecutivo Provincial y donde existe semiplena prueba de la existencia o consumación de actos de peculado y defradautorio. Sepa el Sr. Fiscal de Estado apreciar en el requerimiento formulado, un aporte a la transparencia republicana necesaria para la construcción de un Estado de Derecho, amén del interés propio por conocer a los particulares y funcionarios causantes que deben responder penal y civilmente por tales ilícitos. Me reitero servidor, instando sus necesarios oficios, que descuento –al tomar conocimiento por medio de la presente de los hechos que exigen su inmediata intervención- los ejercitará en resguardo del interés común. GUILLERMO GONZÁLEZ DEL CASTILLO DNI. Nº 18.022.772 |
| La denuncia en cuestión:
De acuerdo con informaciones periodísticas de distinto origen y
formato –medios impresos, digitales, radiales, televisivos, etc.- el
gobierno de la provincia de Corrientes encabezado por el ingeniero
Arturo Alejandro Colombi, adquirió los servicios de diseño
publicitario y “marketing político” a la consultora privada
propiedad del politólogo uruguayo Luis Costa Bonino. |
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